El domingo 25 de noviembre, se convocó a asamblea general de socios de la Hermandad San Pedro de Corongo [HSPC] para elegir el Comité Electoral que se encargue del proceso eleccionario del Consejo Directivo 2013-2014 de la Institución. Lamentablemente por la falta de quorum no se eligió el Comité Electoral, convocándose a nueva asamblea general para el domingo 2 del mes en curso.
El domingo 2 de diciembre, tampoco se alcanza el quorum, por lo que la mayoría de asistentes a la asamblea plantearon que se elija una directiva (incompleta por el momento) con la condición de ratificarla o no en la asamblea general eleccionaria fijada para el domingo 16 de diciembre. Entendemos, que todo ello era para no dilatar más los plazos, que se encontraban prácticamente vencidos para un proceso eleccionario como es usual en la HSPC: Comité Electoral, reglamento de elecciones, cronograma de elecciones, presentación de listas, tachas, voto secreto, escrutinio, proclamación y juramentación.
La falta de quorum de las dos asambleas, que es un problema frecuente en por lo menos todo el 2012, refleja fallas recurrentes no corregidas en la convocatoría por la Directiva Vigente, pero también la desatención de los socios ya sea por problemas personales de diversa índole o simplemente por que estos priorizan otras actividades tales como el ocio o el esparcimiento. Todo lo anterior debe analizarse con responsabilidad para adoptarse las medidas que reduzca el ausentismo.
Esta directiva elegida con la condición de someterla a la ratificación de la asamblea general estaba encabezada por el socio, Carlos Salinas, ex-presidente de la Institución, con el apoyo se socios antiguos y conocedores de la operatividad de las actividades de la Hermandad.
- Si no había quorum, la "asamblea" solo podía ser deliberativa, pero no resolutiva. Por tanto, no podía hacer propuesta alguna en nombre de la asamblea general.Y menos llevarla a la asamblea siguiente en acta de asamblea.
- Una asamblea, para elegir el Comité Electoral, no puede abordar otros temas que no sea la elección del Comité Electoral. Y ello porque dicha Asamblea, es general y extraordinaria, la cual sólo trata el punto de agenda de la convocatoria.
- No se puede elegir, una Directiva, parte de la Directiva o al presidente al margen del Estatuto de la Institución, ignorando las disposiciones estatutarias contenidas en los artículos 39° al 42°. De haber prosperado las elecciones de esta manera, hubiera devenido en ilegal.
En la Asamblea General del 16 de diciembre, se superan los problemas anteriores.
- No se ratifica, la elección de la directiva (incompleta por el momento) de la asamblea del 2 de diciembre.
- Se elige un Comité Electoral, conformado por Carlos Valderrama (presidente), Sara Urquieta (Secretaria) y Deisi Peréz (vocal).
- El Comité Electoral, decide ajustarse a las disposiciones estatutarias, pero en un proceso simplificado.
De este modo se elige a la nueva Directiva que preside la socia Delia Yparraguirre Vasquez, en un proceso electoral en el que participa una sola lista.
Finalmente, se debe mencionar que el proceso electoral, concito el interés de los socios con una asistencia de más del 50% de los socios inscritos, los cuales mostraron una conducta ejemplar, colaborando con el desarrollo rápido y fluido de las elecciones.
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